Régimen de Incorporación Fiscal en 2024 ¿Se puede permanecer en ese régimen?

Tabla de contenidos
  1. El RIF: Un Vistazo al Pasado
  2. Beneficios y Limitaciones
  3. ¿Cuáles son las obligaciones fiscales de un RIF?
  4. El Fin del RIF en 2022
  5. Continuar en 2024: ¿Es Posible?
  6. El Régimen de Simplificado de Confianza
  7. Simplifica tu facturación con nuestro sistema en línea Facturando en Línea.

El RIF: Un Vistazo al Pasado

Para comprender mejor el panorama actual del RIF, es necesario retroceder en el tiempo y entender su origen. Este régimen se introdujo en el año 2014, reemplazando a los regímenes intermedios y al de repecos. Fue diseñado para personas con actividades económicas incipientes que buscaban formalizar sus operaciones.

La principal atracción del RIF radicaba en su simplicidad tributaria. Durante el primer año, los contribuyentes estaban exentos del pago de impuestos, lo que representaba un descuento del 100%. En los años siguientes, el descuento disminuía gradualmente hasta alcanzar el 10% en el décimo año. Esto permitía a las pequeñas empresas cumplir con sus obligaciones fiscales de manera progresiva.

Beneficios y Limitaciones

El RIF ofrecía ventajas significativas, como reducciones en el impuesto sobre la renta (ISR) y facilidades en el impuesto al valor agregado (IVA) y el impuesto a los depósitos en efectivo (IDE). Los contribuyentes no estaban obligados a llevar una contabilidad formal y presentaban impuestos de forma bimestral.

Sin embargo, el régimen tenía sus limitaciones. Los contribuyentes no podían facturar más de 2 millones de pesos al año ni permanecer en él por más de 10 años debido a la reducción progresiva de los descuentos. Además, la omisión en la presentación de declaraciones podía resultar en la exclusión del régimen.

¿Cuáles son las obligaciones fiscales de un RIF?

Descubre el camino claro hacia el cumplimiento tributario como RIF. Mantener el orden es clave: guarda tus CFDI como tesoros y regístralos con precisión en el portal del SAT. Tus ingresos, gastos, inversiones y deducciones merecen un espacio digital organizado. ¡Haz de tus obligaciones fiscales una tarea sencilla y asegura el éxito de tu negocio!

El Fin del RIF en 2022

A partir del 1 de enero de 2022, el RIF desapareció automáticamente, y sus disposiciones fueron derogadas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Sin embargo, la autoridad permitió que quienes estuvieran inscritos en el RIF antes del 31 de agosto de 2021 pudieran permanecer en el régimen. Se requería enviar un aviso antes del 31 de enero de 2022 para mantener las facilidades fiscales.

Continuar en 2024: ¿Es Posible?

Ahora, la pregunta que muchos se hacen es si pueden seguir tributando en el RIF en 2023. La respuesta es afirmativa, pero con ciertas condiciones. Para hacerlo, es necesario haber estado dado de alta desde agosto de 2021, haber enviado el aviso correspondiente antes del 31 de enero de 2022 y cumplir con las obligaciones fiscales en tiempo y forma.

Es importante destacar que los descuentos en el impuesto se reducirán aún más con cada año que pase, lo que significa que, en 2024, el descuento será menor que en años anteriores. El SAT permite permanecer en el régimen durante un máximo de 10 años antes de migrar a otro.

El Régimen de Simplificado de Confianza

Finalmente, en 2022, el RIF dio paso al Régimen de Simplificado de Confianza. En este régimen, las personas físicas cuyos ingresos no superen los 3 millones 500 mil pesos al año y las personas morales con ingresos inferiores a 35 millones de pesos pueden tributar. La tasa de ISR varía de 1% a 2.5% sobre los ingresos brutos, sin deducciones.

En cuanto al IVA, se aplica una tasa fija del 16% sobre todas las facturas emitidas, sin las reducciones previas que existían en el RIF.

En resumen, es posible continuar en el RIF en 2024, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas por la autoridad fiscal. Además, es esencial entender las diferencias entre el RIF y el nuevo Régimen de Simplificado de Confianza para tomar decisiones informadas sobre qué opción es más adecuada para cada contribuyente.

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