
¿Habrán multas para la Cancelación de Comprobantes Fiscales este 2025?

El pasado 19 de diciembre de 2024, se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025. Un aspecto relevante de esta ley es el artículo 22, fracción sexta, que establece el plazo para la cancelación de comprobantes fiscales. Sin embargo, muchos se preguntan qué hay de nuevo en esta disposición.
- Antecedentes sobre la Cancelación de CFDI
- Plazos de Cancelación de CFDI para Personas Morales y Físicas
- Infracciones por Cancelación de CFDI Fuera de Plazo
- Reflexión sobre la Nueva Ley de Ingresos
- Consecuencias de las Cancelaciones Fuera de Plazo
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Antecedentes sobre la Cancelación de CFDI
Para entender la actualidad de esta norma, es importante recordar que el artículo 29A del Código Fiscal de la Federación establece que la cancelación de un comprobante fiscal requiere la aceptación del receptor. Además, hay disposiciones en las reglas misceláneas que indican ciertos supuestos en los que no se necesita esta aceptación.
El Código Fiscal también especifica que el plazo para cancelar un comprobante es el último día del ejercicio fiscal correspondiente. Por lo tanto, si estamos en diciembre de 2024, la fecha límite para cancelar comprobantes emitidos durante el 2024 es el 31 de diciembre de 2024. Sin embargo, se han introducido facilidades a través de la resolución miscelánea fiscal que se mantendrán vigentes en 2024, aunque no se sabe qué cambios podría haber en 2025.
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Plazos de Cancelación de CFDI para Personas Morales y Físicas
Las personas morales tendrán hasta el mes en que presenten su declaración anual para cancelar comprobantes. Por ejemplo, si una persona moral presenta su declaración anual en marzo de 2025, podrá cancelar comprobantes hasta el 31 de marzo de 2025 sin enfrentar sanciones.
En el caso de las personas físicas, el plazo será similar, finalizando en el mes en que presenten su declaración anual, que típicamente es en abril. Es importante destacar que aquellos contribuyentes que se encuentren en el régimen simplificado de confianza no están obligados a presentar una declaración anual.
Infracciones por Cancelación de CFDI Fuera de Plazo
El artículo 81, fracción cuadragésima sexta del Código Fiscal de la Federación establece una infracción para quienes cancelen comprobantes fiscales fuera del plazo. Por ejemplo, si un contribuyente es sometido a una revisión profunda por parte del SAT y se determina que hay un comprobante que debería estar cancelado, pero no lo está, el contribuyente podría enfrentar una multa.
Es crucial señalar que las multas oscilan entre el 5% y el 10% del monto del comprobante fiscal. Si un contribuyente emitió un comprobante en 2022 y lo canceló fuera de plazo en 2024, estará sujeto a esta multa. Aclarar que esta sanción solo aplica para los comprobantes de ingresos, mientras que la cancelación de comprobantes de egresos, nómina, pagos, traslado y retenciones no conlleva penalización.
Reflexión sobre la Nueva Ley de Ingresos
La reciente publicación de la ley de ingresos no introduce cambios significativos en la redacción de los plazos de cancelación, pero sí establece una normativa más clara. Este cambio podría permitir al SAT fundamentar multas en una ley en lugar de una regla de la resolución miscelánea fiscal, lo que podría generar más preocupación entre los contribuyentes.
Consecuencias de las Cancelaciones Fuera de Plazo
Es vital que los contribuyentes estén atentos a las fechas de presentación de sus declaraciones anuales para evitar problemas con las cancelaciones. Si se cancelan comprobantes fuera de plazo, independientemente del motivo de la cancelación, el contribuyente podría enfrentar sanciones económicas.
La situación se complica aún más si un cliente solicita la cancelación de un comprobante fiscal después del plazo establecido. Esto podría generar confusiones y sanciones que impacten negativamente en las finanzas del contribuyente.
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