Diferencias entre RESICO y Actividad Empresarial y Profesional
En esta ocasión, nos sumergiremos en la compleja tarea de comparar el cálculo de impuestos sobre encontrar las diferencias entre RESICO Personas Físicas o Actividad Empresarial y Profesional. La revisión se torna esencial en 2024, ya que las tarifas fiscales para personas físicas han sufrido cambios significativos. Estos ajustes pueden influir en nuestra elección entre declarar nuestros ingresos a través de RESICO la opción de actividad empresarial y profesional.
- ¿Qué es el régimen de actividades empresariales y profesionales?
- ¿Cómo saber si me conviene ser RESICO?
- ¿Qué diferencia hay entre RESICO y actividad empresarial?
- Actividades y Regímenes Compatibles
- ¿Cuando no conviene tributar en el RESICO?
- Evaluación y Conclusión
- Simplifica tu facturación con nuestro sistema en línea Facturando en Línea.
¿Qué es el régimen de actividades empresariales y profesionales?
El régimen de actividades empresariales y profesionales en México aplica a personas físicas que trabajan de forma independiente como comerciales (restaurantes, abarrotes, cafeterías, etc) y industriales (farmacéuticas, textiles, minería, etcétera). Implica registrarse en el RFC, presentar declaraciones y pagar impuestos como el ISR y el IVA. Ofrece simplificaciones fiscales y permite deducciones de gastos relacionados con la actividad económica. Es importante cumplir con las obligaciones fiscales para evitar sanciones.
¿Cómo saber si me conviene ser RESICO?
Primero, es importante entender que RESICO está dirigido a personas físicas con ingresos anuales inferiores a 3.5 millones de pesos. Si estás empezando y no prevés ganar más que esa cantidad, también puedes optar por el régimen de confianza. Un requisito clave es que no debes haber sido socio o accionista de una persona moral en ningún momento. Además, este régimen no es aplicable a residentes en el extranjero.
¿Qué diferencia hay entre RESICO y actividad empresarial?
- Cálculo del ISR: En el régimen de actividad empresarial, el ISR se calcula mediante una tarifa basada en una base gravable, que consiste en los ingresos acumulables del período menos las deducciones autorizadas. En Resico, el ISR se calcula con una tasa que depende de los ingresos del mes, sin acumular ingresos de períodos anteriores y sin necesidad de deducciones.
- Declaración Anual: En el régimen de actividad empresarial, los ingresos de este régimen se suman a otros, como salarios o arrendamiento, en la declaración anual. En Resico, los ingresos se declaran de forma independiente, sin sumar a otros regímenes.
- Retenciones: En actividades independientes, como servicios profesionales, en el régimen de actividad empresarial y profesional, las personas morales retienen el 10% sobre los ingresos. En Resico, la retención es solo del 1.25%, lo que resulta en una retención significativamente menor.
- Compatibilidad con otros regímenes: El régimen de actividad empresarial y profesional puede coexistir con el régimen de arrendamiento, pero no con Resico. Además, el régimen de actividades empresariales y profesionales es compatible con el régimen de plataformas tecnológicas, mientras que Resico no lo es.
Actividades y Regímenes Compatibles
- Servicios Profesionales: Actividades como medicina, abogacía, diseño, programación, entre otros, pueden declararse tanto en el régimen de actividad empresarial y profesional como en Resico.
- Actividad Empresarial: La compra y venta de productos, así como actividades industriales, pueden declararse en el régimen de actividad empresarial y profesional y, en algunos casos, en Resico.
- Arrendamiento de Inmuebles: Los ingresos por arrendamiento pueden declararse tanto en el régimen de arrendamiento como en Resico.
Es vital tener en cuenta estos requisitos y compatibilidades al elegir el régimen tributario adecuado para tus ingresos y actividades.
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¿Cuando no conviene tributar en el RESICO?
RESICO puede no ser la opción más adecuada para aquellos cuya principal fuente de ingresos proviene de salarios o asimilados. Si tus ganancias provienen mayormente de empleo y no se ajustan a los criterios establecidos para ingresos anuales menores a 35 millones de pesos en el caso de personas morales, o menos de 3.5 millones de pesos anuales en el caso de personas físicas con actividad empresarial, podría ser más beneficioso explorar otras opciones fiscales más alineadas con tu situación específica. Además, si tu situación financiera o modelo de negocio no se alinea con los requisitos y beneficios proporcionados por Resico, podría ser prudente considerar alternativas que se adapten mejor a tus necesidades tributarias. Siempre es aconsejable buscar asesoramiento fiscal profesional para tomar decisiones informadas y personalizadas.
Evaluación y Conclusión
Las diferencias entre RESICO o actividad empresarial depende en gran medida de tus utilidades y deducciones autorizadas. Como hemos visto en los ejemplos, si tus deducciones son limitadas y tus ingresos son moderados, Resico puede resultar más beneficioso en términos de impuestos a pagar. Sin embargo, si tus ingresos son más altos y tus deducciones son considerables, el régimen de actividad empresarial y profesional podría ser la mejor opción financiera.
Recuerda que esta evaluación debe realizarse cuidadosamente, considerando tu situación financiera específica. ¡Esperamos que esta comparación te ayude a tomar una decisión informada sobre tus impuestos!
En resumen, al elegir entre Resico y la actividad empresarial y profesional, evalúa tus ingresos, gastos y necesidades tributarias para tomar la mejor decisión en tu declaración de impuestos este año.
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