
¿Qué es Complemento Servicio parcial de construcción?

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Complemento de Servicio Parcial de Construcción: Clave para la Exención del IVA
- ¿En qué consiste el estímulo fiscal del IVA?
- ¿Qué se entiende por servicios parciales de construcción?
- Requisitos para acceder a la exención del IVA
- Formato 61: Aviso para aplicar el estímulo fiscal
- ¿Cómo presentar el Formato 61?
- Formato 78: Para trabajadores independientes
- ¿Qué debe incluir el complemento de servicios parciales de construcción?
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Complemento de Servicio Parcial de Construcción: Clave para la Exención del IVA
El complemento de servicio parcial de construcción es un elemento obligatorio que debe incorporarse al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) cuando se prestan este tipo de servicios. Su finalidad es permitir a los contribuyentes solicitar la exención total del Impuesto al Valor Agregado (IVA), conforme a un estímulo fiscal vigente.
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¿En qué consiste el estímulo fiscal del IVA?
Este beneficio deriva del decreto publicado el 26 de marzo de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, y busca impulsar el desarrollo habitacional al permitir que ciertos servicios de construcción estén exentos del pago de IVA.
Se trata de un estímulo fiscal que permite a los proveedores de servicios parciales de construcción solicitar la exención del 100% del IVA, siempre que se cumplan determinados requisitos establecidos en la normativa vigente.
¿Qué se entiende por servicios parciales de construcción?
Son aquellos trabajos contratados por terceros —como desarrolladoras inmobiliarias— que forman parte de la construcción de viviendas, pero que por sí solos no constituyen una edificación completa. Tampoco están adheridos de forma permanente al terreno.
Estos servicios suelen incluir actividades que permiten que una vivienda sea funcional y habitable. Entre ellos se encuentran:
- Instalación de sistemas de plomería
- Instalación de instalaciones eléctricas
- Colocación de cancelería de hierro o aluminio
Requisitos para acceder a la exención del IVA
Para aplicar este estímulo, es indispensable cumplir con las siguientes condiciones:
- El inmueble debe estar destinado exclusivamente a vivienda.
- El proveedor del servicio debe suministrar tanto la mano de obra como los materiales.
- El IVA generado no debe ser trasladado al contratante o cliente final.
- Los CFDI emitidos deben corresponder solo a servicios parciales de construcción.
- La factura debe incluir la dirección del inmueble y el número de permiso o licencia de construcción.
Formato 61: Aviso para aplicar el estímulo fiscal
De acuerdo con el Artículo 4 del decreto, quienes quieran aplicar este beneficio deberán presentar un aviso ante el SAT durante el mes de enero del año en que deseen hacer válido el estímulo.
Este aviso se realiza a través del Formato 61, denominado formalmente "Manifestación del prestatario para la aplicación del estímulo fiscal del IVA por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación".
¿Cómo presentar el Formato 61?
El trámite es gratuito y se debe realizar cada vez que se firme (de forma verbal o escrita) un nuevo contrato de prestación de servicios. El procedimiento es el siguiente:
- Ingresar al portal del SAT.
- Seleccionar el menú “Trámites/Buzón Tributario”.
- Acceder a la sección “Vivienda”.
- Llenar el Formato 61 con los datos requeridos.
- Firmar con la firma electrónica (FIEL).
- Entregar al prestador de servicios una copia impresa y un archivo digital del aviso.
Formato 78: Para trabajadores independientes
Las personas físicas que trabajen de forma independiente y presten servicios parciales de construcción relacionados con vivienda deben presentar el Formato 78 a través del portal del SAT. Este documento se denomina oficialmente: “Información de ingresos exentos por servicios parciales de construcción de casa habitación”.
¿Qué debe incluir el complemento de servicios parciales de construcción?
Cuando se emite un CFDI por este tipo de servicios, debe agregarse obligatoriamente el complemento correspondiente. Este sirve para integrar información esencial que valida la aplicación del estímulo fiscal.
Los datos que se deben incluir son:
- Número de permiso, licencia o autorización de construcción otorgado por el cliente o contratante.
- Ubicación del inmueble donde se realizarán los trabajos de construcción.
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